El Rambam
Rambam, Leyes de arrepentimiento, Cap. 2
9) Ni el arrepentimiento ni Iom Kipur eximen sino de los pecados entre el ser humano y su Creador, tales como: quien ha comido un alimento prohibido, o mantuvo relaciones sexuales prohibidas y actos parecidos, pero las faltas entre el ser humano y su prójimo, tales como: quien hiere a su prójimo o insulta a su prójimo o le roba o actos parecidos, no se le perdona jamás hasta que dé a su prójimo lo que le debe y lo satisfaga. Aun si le devuelve dinero que le debe, debe satisfacerlo y pedirle a él que lo perdone. Incluso si solo lo ha ofendido con palabras, debe apaciguarlo e insistirle hasta que aquel lo perdone. Si su prójimo no ha querido perdonarlo, le enviará tres de sus amigos a insistirle y pedirle. Si no accede ante ellos, le enviará una segunda y una tercera vez. Si el ofendido no quiere perdonar, se lo deja en paz, y este, que no perdonó, es ahora el pecador.
10) No será la persona cruel y no se reconciliará, sino que será fácil de conformar y difícil de enojar. Y cuando el pecador le pida perdón, lo perdonará con corazón abierto y alma generosa. Incluso si lo hirió y pecó contra él duramente, no se levantará y le guardará rencor, pues ese es el camino de la simiente de Israel y su recto corazón.